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Formas Jurídicas cuáles son y cómo se forman 

Conceptos Basicos que considerar

¿QUÉ ES EMPRESA?
Se entiende por empresa a la asociación o agrupación de personas, dedicadas a realizar obras materiales, negocios o proyectos de importancia, concurriendo de manera común a los gastos que origina y participando de las ventajas que reporte.

¿CÓMO SE REGULAN LAS EMPRESAS EN EL PERÚ?
Las empresas en la legislación nacional, se encuentran reguladas en la Ley General de Sociedades N° 26887.

¿QUÉ SE ENTIENDE POR SOCIEDAD?
Comercialmente se entiende como el contrato en que dos o más personas aportan en común bienes o industria, para obtener una ganancia y repartirse los beneficios.

¿CÓMO DEFINE LA LEY A LA SOCIEDAD?
Conforme al artículo 1° de la Ley N° 26887, la sociedad es definida como:
"Quienes constituyen la sociedad, convienen en aportar bienes o servicios para el ejercicio en común de actividades económicas."
Empresas


¿QUIÉNES PUEDEN CONSTITUIR UNA SOCIEDAD?


La ley establece que las sociedades pueden se constuidas por cualquier persona; por tal razón, pueden ser:
- Personas Naturales.
- Personas Jurídicas.

¿QUIÉNES SON PERSONAS NATURALES?
Se entiende por persona natural, al ser humano o a la persona humana.
Para ser sujeto de derechos y obligaciones de carácter mercantil, comercial o societario, se requiere que tenga capacidad jurídica.

¿QUIÉNES SON PERSONAS JURÍDICAS?
Aquellas organizaciones de personas naturales o jurídicas, que la ley les concede existencia legal.
No tienen existencia física como la persona natural.
Son representadas por una o más personas naturales.

¿CÓMO SE CONSTITUYE UNA SOCIEDAD?
La Constitución de una Sociedad, es un acto formal, que debe constar por escrito.
Debe existir un acuerdo expreso de las personas que la conformen.
Debe cumplirse con algunos requisitos, sin los cuales, no se puede formalizar la empresa.


aa ACTOS PRELIMINARES PARA CONSTITUIR UNA SOCIEDAD

- OBJETO SOCIAL
¿Qué actividad se desea realizar?

- NOMBRE
Las sociedades son Personas Jurídicas; en consecuencia, requieren contar con una denominación o razón social.
No debe utilizarse una denominación ya existente o similar.

- CAPITAL SOCIAL
El capital social de la sociedad es el aporte o inversión que efectúan los socios.
Puede ser en efectivo o en bienes.
Debe establecerse el monto del capital antes de la constitución.

- SOCIOS
Los socios son las personas que constituirán la sociedad o que se integrarán luego de su constitución.
Pueden ser fundadores.
Simplemente socios.
El número mínimo es dos (2).


aa ETAPAS DE LA CONSTITUCIÓN

- MINUTA DE CONSTITUCIÓN
Documento que se redacta por Abogado que establece el pacto social.
Incluye:
- Estatutos
- Designación de representantes
- Duración de los cargos

- ESCRITURA PÚBLICA
Documento que realiza un Notario Público en el que se incluye o inserta, la Minuta de Constitución y los Estatutos.
Se le conoce también como Testimonio de Constitución.

- INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO
El Notario, luego de que la Escritura Pública ha sido suscrita por los socios, elabora los partes y envía a los Registros Públicos para su debida inscripción.

- REPRESENTANTES LEGALES
Son las personas que ejercen la representación de las sociedades.
Pueden ser: Accionistas, Socios, Directores, Gerentes o Apoderados.

- OBTENCIÓN DEL R.U.C.
Inscrita la sociedad, se procede a solicitar la inscripción en la SUNAT para la obtención del R.U.C.

- LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO
La Licencia Municipal de Funcionamiento se requiere para que la sociedad pueda funcionar en un determinado local.
Puede ser: Provisional o Indefinida.

- LICENCIA PROVISIONAL
Requisitos:
- Constitución Social
- R.U.C.
- Certificado de Zonificación y Compatibilidad de Usos.

- DURACIÓN O VIGENCIA DE LA LICENCIA PROVISIONAL
UN AÑO CALENDARIO; ES DECIR, 12 MESES.

- LICENCIA INDEFINIDA
También llamada definitiva.
No tiene plazo de vigencia.
Requisitos:
- Constitución Social
- R.U.C.
- Certificado Zonificación y Compatibilidad de Usos
- Plano de Distribución

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¿Constituir una Empresa?

La Constitución de una empresa se inicia con lo que en derecho se llama el "contrato social" que es el acuerdo de voluntades para constituir una sociedad.

            Las sociedades pueden ser de varias clases , la más común es la sociedad anónima. Esta puede ser cerrada (menos de 20 accionistas y el Directorio es optativo) convencional (cualquier número de accionistas)  y abierta (para grandes capitales, caso Telefónica, Southern). Hay otras sociedades que cada vez están más obsoletas como la Sociedad de Responsabilidad Limitada o la Sociedad Colectiva. La Sociedad Civil es la empresa de un grupo determinado de profesionales (por ejemplo. una sociedad de médicos que quieren hacer una clínica será sociedad civil; los abogados que quieren constituir su estudio también será sociedad civil)

            Las partes más importantes de un contrato social son determinar el nombre de la empresa, su domicilio que debe ser una ciudad (Lima), capital (cuánto pone cada uno) , objeto de la sociedad, nombramiento del gerente general, nombramiento de los directores y régimen de poderes.

            El contrato social se eleva a escritura pública ante notario (a través de una minuta firmada por abogado) con ello el notario garantiza que ese documento salió de la esfera de las dos partes y puede ser de conocimiento público. Esa escritura pública el notario la pasa al Registro de Personas Jurídicas para inscripción.

            Un vez inscrito se puede tramitar el RUC, licencia de funcionamiento, planillas y otros trámites anexos.

            El trámite hasta la inscripción demora unos 30 días . El costo en razón del capital social de la empresa. Podría costar desde unos S/. 700. a más. Si tienen un capital de millones de soles lógicamente tienen que pagar más que una que tiene un capital de S/. 500.
                          

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Empresario individual, ¿un riesgo asumible?

Conozca las ventajes e inconvenientes de realizar su actividad empresarial bajo la fórmula del empresario individual. Con unos trámites muy sencillos podemos empezar a trabajar en nuestro proyecto empresarial en sólo unos días.

a fórmula del empresario individual es una de las formas más fáciles de comenzar una actividad empresarial. Bajo esta figura una persona física comienza a ejercer su actividad de manera individual integrándose en ese gran colectivo que son los autónomos.

Algunas de las ventajas de iniciar nuestra actividad como empresario individual pueden ser:

-No tenemos que desembolsar ningún capital social.

-Los gastos de constitución son muy reducidos.

-Las gestiones para iniciar la actividad son rápidas y sencillas.

De los inconvenientes podemos citar:

-No hay diferencia entre el patrimonio empresarial y el personal.

-Nuestras deudas y/o obligaciones hemos de hacerlas frente con el patrimonio de nuestra actividad y con el nuestro propio.

-Pueden verse afectados los bienes de nuestro cónyuge si estamos casados en régimen de gananciales.

Si después de esto, decidimos seguir adelante con nuestro proyecto, debemos cumplir unos requisitos que pueden ser muy sencillos, dependiendo de la actividad a realizar.

 

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